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Las instituciones que conformamos el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, frente a la publicación de la Ley N.° 31973, Ley que modifica la Ley N.° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y que aprueba disposiciones complementarias orientadas a promover la zonificación forestal, se dirige a la opinión pública para manifestar lo siguiente:
- Rechazamos que, sin que se haya seguido el debido proceso establecido en el Reglamento del Congreso, para las dos reconsideraciones que fueron presentadas por las Congresistas Ruth Luque y Susel Paredes respecto de la aprobación de la Ley N.° 31973, que debieron verse en un pleno del Congreso, y que fueron borradas del sistema luego haber sido integradas como parte del proceso, el Presidente del Congreso de la República, haya actuado al margen de lo establecido, publicando la autógrafa que ya el día de ayer había aparecido públicamente firmada por él.
- Alertamos públicamente que la Ley N.° 31973, promulgada y publicada hoy, legaliza y promueve la realización de actividades agropecuarias en tierras con aptitud forestal y de protección, lo que generará un aumento aún mayor de la deforestación de los bosques amazónicos con el incremento de la frontera agrícola, en favor de grandes grupos de poder económico y sus monocultivos de palma aceitera, y las actividades económicas ilegales de narcotráfico, directamente vinculada con la minería ilegal y tala ilegal, con lo impactos que éstas actividades además generan en la agudización del cambio climático.
- La aprobación de la Ley N° 31973, que legaliza muchas de las actuales actividades económicas ilegales en territorios amazónicos, también expone a mayores riesgos a las y los Defensores Ambientales y de los Territorios, fundamentalmente los Pueblos Indígenas Amazónicos y los Pueblos indígenas en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial (PIACI) que protegen y defienden sus territorios ancestrales, y que en los últimos 10 años ya llevan el lamentable saldo de 33 asesinados, demostrando que los protocolos vigentes para su protección no funcionan.
- Consideramos un riesgo más que genera la ley aprobada, la exposición del territorio de las 710 comunidades nativas que aún no han sido tituladas (de un total de 2,666), que con la presencia de colonos, grandes empresas y actividades económicas ilegales, han ocupado dichos territorios de manera ilegal, aprovechando la falta de seguridad jurídica y realizando actividades agropecuarias, que estaban prohibidas por el artículo 37° de la Ley Forestal y Fauna Silvestre aprobada por Ley N.° 29763 , y que ahora van a ser legitimadas.
- Finalmente, la ley N° 31973, ha sido aprobada sin que haya ha habido una consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas afectados directa o indirectamente, lo cual viola el derecho a la consulta previa y la obligación de obtener el consentimiento reconocido en el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT, y regulado por la Ley N.° 29785, Ley de Consulta previa en el Perú.
La rapidez y falta de debido proceso en el Congreso, evidencian que hay poderes económicos legales e ilegales detrás de éstas decisiones que pesan más que el cumplimiento de marcos normativos nacionales e internacionales, como las cláusulas ambientales de los acuerdos comerciales con Unión Europea y los Estados Unidos, por lo que exigimos su urgente derogatoria.
Lima, 11 de enero de 2024
GRUPO DE TRABAJO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS DE LA COORDINADORA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) – Asociación Paz y Esperanza – Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP) – Centro de Culturas Indígenas del Perú (CHIRAPAQ), Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS) – CooperAcción, Acción Solidaria para el Desarrollo – Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) – Derechos Humanos Sin Fronteras – DHSF (Cusco)–Derechos Humanos y Medio Ambiente – DHUMA (Puno)-EarthRigths International (ERI)-Fórum Solidaridad Perú (FSP) – Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – (FEDEPAZ)-Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS)-Instituto del Bien Común (IBC) – Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático (MOCICC)- OXFAM- EQUIDAD – RED MUQUI – Servicios Educativos Rurales (SER) – SERVINDI
Fuente: Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
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