El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la CNDDHH (GTPPII), expresa su preocupación ante la pandemia del Covid-19, que viene afectando a numerosas familias y pone alto riesgo la vida de los pueblos indígenas u originarios del país en costa, sierra y selva.
Saludamos la medida de las organizaciones indígenas u originarias de cerrar el ingreso a sus territorios, ejerciendo su derecho a la libre determinación y control territorial. Sin embargo, esto es insuficiente para prevenir la posible propagación del Covid–19.
Consideramos que es urgente aprobar e implementar las siguientes medidas:
1.- El MINSA en coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales, debe fortalecer y equipar los servicios de salud con enfoque intercultural para atender y tratar a la población afectada o en riesgo, como establece el Convenio 169 de la OIT.
2.- Se debe incluir representantes indígenas en los comités de respuesta a la pandemia del Coronavirus (Covid-19), como recomienda la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación (FAO).
3.- Se tiene que garantizar el acceso a cantidad y calidad de agua para los pueblos indígenas u originarios, especialmente a afectados/as por actividades extractivas, priorizando la atención de unas 7000 personas contaminadas con metales tóxicos.
4.- Asegurar que las comunidades indígenas accedan a bienes de primera necesidad a través del fondo de 380 soles otorgados por el MIDIS y/o fondos transferidos a los gobiernos locales garantizando su seguridad alimentaria.
5.- Adoptar medidas urgentes para garantizar la vida e integridad de los PIACI, como el cese de actividades en las concesiones otorgadas por el Estado, en cumplimiento de los principios de no contacto e intangibilidad de sus territorios.
6.- Garantizar que las empresas mineras dejen de operar inmediatamente en los territorios concesionados por el Estado. Las organizaciones indígenas han denunciado que algunas empresas siguen realizando actividades de explotación.
7.- Garantizar el libre desplazamiento y puntos de comercio de pueblos indígenas u originarios dedicados a la agricultura y ganadería familiar, ya que son actividades fundamentales para su autoconsumo y la cadena productiva en sus territorios.
8.- Asegurar que las medidas de reactivación económica que se tomen en el periodo post Estado de emergencia, no signifiquen la reducción de los estándares ambientales o sociales que garantizan los derechos de los pueblos indígenas u originarios.
9.- Derogar la inconstitucional “Ley de Protección Policial” (Ley N°31012), porque otorga carta blanca a la policía y las fuerzas armadas para el uso desproporcionado de la fuerza y favorece la impunidad.
Reconocemos los esfuerzos que realiza el Gobierno para evitar la propagación de la pandemia en zonas urbanas, sin embargo en relación a los pueblos indígenas u originarios no se han tomado las medidas y acciones necesarias y urgentes. Por ello, las instituciones del GTPPII y la CNDDHH nos mantendremos vigilantes y dispuestos a aportar en las medidas que garanticen los derechos de los pueblos indígenas u originarios y un trato humano y solidario para todas y todos.
Lima, 06 de abril de 2020
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