- Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDH) del Perú se pronuncia públicamente.
- #YoNoApoyoACorruptos ¿Y tú?
DECISIÓN DE REVOCAR PRISIÓN PREVENTIVA DE KEIKO FUJIMORI POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AFECTA GRAVEMENTE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
PRONUNCIAMIENTO
Frente a la decisión del Tribunal Constitucional, por mayoría, de declarar fundado el recurso de hábeas corpus presentado a favor de Keiko Fujimori, y que anula la prisión preventiva dictaminada contra la lideresa de Fuerza Popular, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos se pronuncia:
1. La decisión del Tribunal Constitucional, que anula la prisión preventiva contra la señora Keiko Fujimori, representa un duro golpe contra el proceso de lucha anti-corrupción que la ciudadanía ha venido sosteniendo en los últimos años en el país y los esfuerzos de investigación desplegados desde el Ministerio Público por fiscales valientes, como ocurre especialmente en los casos Lavajato y Los Cuellos Blancos.
2. La prisión preventiva dictaminada contra la señora Keiko Fujimori tuvo en consideración la resolución del TC sobre el caso de Ollanta Humala y Nadine Heredia, la misma que define estándares altos y concurrentes para el uso de la prisión preventiva. Llama la atención, entre otros aspectos, que no se dimensione el poder ejercido desde el Congreso de la República para obstruir a la justicia en los casos emblemáticos de Lavajato y Los Cuellos Blancos, así como en las investigaciones que comprometen a Keiko Fujimori y al desaparecido presidente Alan García. Probablemente la acción más grosera de esta obstrucción a la justicia se evidenció en los intercambios del chat “La Botica” que referían directamente a los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez.
3. Durante el proceso que dictaminó prisión preventiva para la señora Keiko Fujimori, se demostró el peligro procesal de obstrucción a la justicia a través de los testimonios de personas que fueron coaccionadas para cambiar sus declaraciones y/o el sentido de la responsabilidad que la investigada tuvo en los hechos. Incluso algunos colaboradores eficaces han referido que se destruyeron documentos incriminatorios por orden de la investigada y sus allegados. Del mismo modo diferentes instancias del Poder Judicial han considerado que se cumplen suficientemente los requisitos para que proceda la prisión preventiva. Estos son temas que el Tribunal Constitucional debió tomar en cuenta al momento de resolver, razón por la que, desde la ciudadanía, se espera expectante la resolución y argumentos usados para desestimar los hechos incriminatorios, los testimonios de colaboradores eficaces y, finalmente, el razonamiento de jueces superiores y supremos.
4. En estos momentos la opinión pública desconoce las razones por las que se ha declarado fundado el hábeas corpus a favor de Keiko Fujimori, y sí éstos dan cuenta de una debida motivación que justifique la anulación de la prisión preventiva dictaminada por el juez Richard Concepción Carhuancho. Preocupa que la decisión del Tribunal Constitucional resulte discriminatoria pues, de acuerdo a las cifras de expertos en materia de justicia, habrían más de 20 mil personas con prisión preventiva en todo el país. También preocupa que en adelante los investigados y procesados en los casos emblemáticos de mega-corrupción y otros, encuentren en la decisión del Tribunal Constitucional una ruta de evasión a la justicia.
5. Diversos medios refieren también que el Tribunal Constitucional debatió y voto sancionar al juez Richard Concepción Carhuancho y notificar a la OCMA para la ejecución de la sanción. Lamentamos que esta posibilidad de sanción se haya presentado, pues aunque no haya sido aprobada, se produce en un contexto en el que las y los investigados por delitos de corrupción vienen activando un conjunto de denuncias contra los fiscales que investigan sus respectivos casos.
6. Llamamos la atención sobre las implicancias de la decisión del Tribunal Constitucional. Como defensoras y defensores de los derechos humanos, compartimos con el Tribunal Constitucional y otros medios calificados, la necesidad de salvaguardar en un estado de derecho el principio de la presunción de inocencia. Sin embargo éste principio no puede obviar las evidencias y hechos que apuntan a la complejidad de los casos de corrupción y su estrecha vinculación con la política, los grupos de poder económico y la criminalidad organizada. Las recientes declaraciones de connotados empresarios sobre sus aportes en la campaña presidencial del 2011 -que precisamente comprometen a la señora Keiko Fujimori- dan cuenta de esta grave situación en el país.
Finalmente, exhortamos y convocamos a la ciudadanía y opinión pública sobre la urgente necesidad de mantenernos vigilantes y movilizados frente a estos graves hechos que afectan la lucha contra la corrupción en el Perú.
Lima, 26 de noviembre del 2019
CNDDHH