Desde el Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú y la Plataforma para la Gobernanza Responsable de la Tierra, espacios de confluencia de más de veinte organizaciones de la sociedad civil y organizaciones indígenas, nos pronunciamos en contra de la reciente Ley 30723, ley que declara de prioridad e interés nacional la construcción de carreteras en zonas de frontera y el mantenimiento de trochas carrozables en el departamento de Ucayali, por las siguientes razones de hecho y derecho:
1.- Detrás de una declaratoria de prioridad e interés nacional se oculta la activación de disposiciones normativas especiales orientadas a facilitar la ejecución de obras de infraestructura, en este caso carreteras, en todo el territorio nacional. Muchas de estas disposiciones especiales han sido creadas recientemente de manera paralela a un procedimiento formal que en la práctica debilita el marco de protección territorial de derechos de pueblos indígenas organizados en nuestro país a través de comunidades campesinas y nativas, estas disposiciones están siendo cuestionadas en diversos procesos judiciales.
2.- La sola declaratoria de priorización e interés nacional para la construcción de carreteras y mantenimiento de trochas carrozables en zonas de frontera, colisionan de manera directa con los derechos humanos de los Pueblos Indígenas en situación Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI) cuyos territorios han sido categorizados para su protección y subsistencia a través de las Reservas Indígenas Murunahua, MashcoPiro e Isconahua y de la Reserva Territorial Madre de Dios.
3.- La priorización de la construcción de carreteras y el mantenimiento de trochas carrozables son también una amenaza para las áreas naturales protegidas (ANP) que se encuentran en el departamento de Ucayali, y para la diversidad biológica y cultural que dichas áreas ostentan. Tal es el caso del Parque Nacional Alto Purús, la Reserva Comunal Purús, el Parque Nacional Sierra del Divisor y la Reserva Comunal el Sira, entre otros.
4.- La construcción de carreteras, como ya se ha comprobado, facilita la proliferación de actividades ilegales como la tala, minería, narcotráfico e invasión y tráfico de tierras, dado que es causa directa de la llegada de migrantes. Estas actividades generan diversos conflictos territoriales, ambientales y sociales.
5.- El hecho de que un día después de la visita del Papa Francisco; donde se afianzara el compromiso del Estado peruano por el respeto de los derechos de los pueblos indígenas y el cuidado de la naturaleza, se publique una ley de estas características, demuestra una total incongruencia, dado que dicha norma deshonra los compromisos del Estado peruano ante el Vaticano.
Desde el Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú y la Plataforma para la Gobernanza Responsable de la Tierra, demandamos al Estado peruano la derogación de la ley 30723 y un marco legal efectivo que fortalezca la protección de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial, los derechos territoriales de los pueblos indígenas organizados en comunidades campesinas y nativas, habitantes autóctonos de dichas zonas, así como la protección de áreas naturales protegidas.
Asimismo, demandamos al Congreso de la República no actuar de espaldas a los pueblos indígenas aprobando leyes en nombre de la “necesidad pública, interés nacional” y ahora “priorización de proyectos de inversión” que van en contra de sus derechos sus culturas y son incompatible con los compromisos internacionales de derechos humanos y medio ambientales asumidos por el Estado peruano.
Lima, 25 de enero 2018
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